AVISO PÚBLICO No. 26-06
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE DE NUEVO MÉXICO
SANTA FE, NUEVO MÉXICO 87505
18 de junio de 2026
AVISO DE INTENCIÓN DE APROBAR LA REVISIÓN PROPUESTA REVISADA 36.1 DE LA ORDEN DE CUMPLIMIENTO DE INSTALACIONES FEDERALES DEL PLAN DE TRATAMIENTO DEL SITIO ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE TRATAMIENTO ANUAL DEL SITIO CORRESPONDIENTE AL AF 2025 LABORATORIO NACIONAL DE LOS ÁLAMOS
El Estado de Nuevo México está autorizado a operar un programa de manejo de desechos peligrosos en lugar del programa federal para la mayoría de las disposiciones de la Ley Federal de Conservación y Recuperación de Recursos (RCRA, por sus siglas en inglés). La Ley Federal de Cumplimiento de Instalaciones (FCCA) está codificada en RCRA §6001. De conformidad con la autoridad de la Ley de Desechos Peligrosos de Nuevo México, NMSA 1978, Secciones 74-4-1 a -14 (1953, tal como estuviere modificada hasta 2018), y las Regulaciones de Manejo de Desechos Peligrosos de Nuevo México (20.4.1NMAC), el Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (NMED, por sus siglas en inglés) puede emitir una Orden Federal de Cumplimiento de Instalaciones (FFCO) para instalaciones federales ubicadas dentro de las fronteras de Nuevo México.
El 4 de octubre de 1995, el NMED emitió una FFCO al Departamento de Energía de los Estados Unidos (DOE, por sus siglas en inglés) y a los Rectores de la Universidad de California (UC) (colectivamente, los Declarantes). Los Alamos National Security, LLC (LANS) reemplazó a la UC como cooperador en 2006. En 2019, Los Alamos Newport Nuclear BWXT-Los Alamos LLC, (N3B) y Triad National Security LLC (Triad) reemplazaron a LANS como cooperadores. La FFCO exige el cumplimiento del Volumen del Plan de Cumplimiento del Plan de Tratamiento del Sitio (STP) correspondiente al tratamiento y eliminación de desechos mixtos en el Laboratorio Nacional de Los Álamos (LANL). Los Declarantes deben cumplir con la Ley de Residuos Peligrosos de Nuevo México, Secciones 74-4-1 a -14 y Sección 3012(b) de RCRA, 42 U.S.C. §6939(c), tal como estuviere modificada por la FFCA de 1992, Ley Pública 102-386, 106 Stat. 1505 (1992). De acuerdo con la Sección X, “Revisiones” de la FFCO, todas las revisiones propuestas o requeridas se pondrán a disposición del público para su revisión en los lugares apropiados.
Las revisiones de la FFCO incluyen, de manera enunciativa mas no limitativa, cambios en los inventarios de desechos mixtos cubiertos y las fechas de cumplimiento reportadas en los informes de actualización del año fiscal (AF) del STP recibidos por el NMED desde que se emitió la FFCO el 4 de octubre de 1995.
El 28 de mayo de 2026, el DOE presentó el Plan de Tratamiento del Sitio, la Actualización Anual del Año Fiscal 2025 y la Revisión Propuesta 36.1, Orden Federal de Cumplimiento de las Instalaciones, 4 de octubre de 1995, Laboratorio Nacional de Los Alamos tal como se menciona en EM2026-0292, la cual corrige ediciones tipográficas menores.
La Revisión del STP 36.1 incluye:
1. Una descripción de los desechos del STP eliminados que se enviaron fuera del sitio para su tratamiento, eliminación o reciclaje, o que de otro modo se determinó que no eran desechos mezclados. Estos desechos cubiertos se incluyen en los Apéndices B, F y G.
2. Adición de desechos recientemente cubiertos, los cuales incluyen desechos almacenados durante el año fiscal 2024 y que se propuso convertirlos en desechos cubiertos en el año fiscal 2025. Una descripción de estos residuos se incluye en la Sección 6.1 y en el Apéndice E.
3. Ajustes administrativos como resultado de la adición de los desechos cubiertos recientemente identificados y la transferencia de desechos a otros grupos de tratabilidad en el año fiscal 2025,los cuales se incluyen en los Apéndices A, C, E y G.
4. Cambios en las fechas de cumplimiento de los hitos hasta el año calendario 2028. Una descripción de estos cambios de fechas se encuentra en la Sección 5.0.
El NMED puede aprobar, aprobar con modificaciones o desaprobar la revisión propuesta. A la espera de la opinión del público, el NMED tiene la intención de aprobar la revisión solicitada. La Revisión 36.1 propuesta, este aviso público y el aviso de intención de aprobar la carta de Actualización Anual del STP Revisada se pueden revisar en el sitio web de NMED en: https://www.env.nm.gov/hazardous-waste/lanl-ffco-stp/ bajo el título “Orden Federal de Cumplimiento de Instalaciones”. Para obtener una copia de cualquiera de estos documentos, comuníquese con el NMED llamando al (505) 476-6000. El NMED aceptará comentarios públicos sobre la Revisión 36.1 propuesta durante 30 días. Cualquier persona que desee comentar sobre la Revisión 36.1 propuesta debe enviar comentarios por escrito, junto con su nombre y dirección, a la Oficina de Desechos Peligrosos del NMED, 2905 Rodeo Park Drive, Edificio 1, Santa Fe, Nuevo México, 87505-6303 o vía electrónica a través de Portal de Comentarios y por correo electrónico a Siona Briley en mailto:hwb-lanl-mailing@env.nm.gov. Sólo los comentarios escritos recibidos antes de las 5:00 p.m. MDT, 20 de julio de 2026, será considerado por el NMED para tomar una decisión final.
LISTA DE CORREOS DE PERMISO DE LAS INSTALACIONES DE DESECHOS PELIGROSOS DE LANL
El reglamento exige que el NMED mantenga una Lista de Correos de las Instalaciones como parte de su supervisión del Permiso (Permiso) de las Instalación de Desechos (LANL). El NMED, así como el DOE, utilizan esta lista para informar a las partes interesadas, incluyendo los miembros interesados del público, acerca de los períodos de comentarios para las solicitudes de modificación de permisos y borradores de permisos, así como las acciones administrativas finales del NMED sobre las decisiones de permisos, etc.Si desea agregar su nombre a la lista de correos de las instalaciones LANL del NMED, notifique a Siona Briley por correo electrónico a HWB-LANL-Mailing@env.nm.gov, o por correo postal a Siona Briley, Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México-Oficina de Desechos Peligrosos, 2905 Rodeo Park East, Bldg. 1, Santa Fe, NM 87505. Incluya su nombre, correo electrónico (método de comunicación
preferido para ahorrar recursos) o dirección postal y organización, si corresponde.
FACILIDADES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDADES
Cualquier persona con discapacidad que requiera asistencia o apoyo para participar en este proceso debe comunicarse con Kate Cardenas, Coordinadora de No Discriminación, por teléfono al (505) 827-2855, o por correo electrónico a: nd.coordinator@env.nm.gov. Hay números gratuitos disponibles para que los usuarios de TDD o TDY tengan acceso a la Red de Retransmisión de Nuevo México al 1-800-659-1779 (voz); Usuarios de TTY: 1-800-659-8331.
DISCRIMINACIÓN
El NMED no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional, discapacidad, edad o sexo en la administración de sus programas o actividades, según lo exigen las leyes y regulaciones aplicables. El NMED es responsable de coordinar los esfuerzos de cumplimiento y recibir consultas relacionadas con los requisitos de no discriminación implementados por 40 C.F.R. Partes 5 y 7, incluyendo el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, tal como estuviere modificada; Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973; la Ley de Discriminación por Edad de 1975, el Título IX de las Enmiendas a la Educación de 1972 y la Sección 13 de las Enmiendas a la Ley Federal de Control de la Contaminación del Agua de 1972. Si tiene alguna pregunta sobre este aviso o cualquiera de los programas, políticas o procedimientos de no discriminación del NMED, o si considera que ha sido discriminado con respecto a un programa o actividad del NMED, puede comunicarse con: Kate Cardenas, Coordinadora de No
Discriminación, NMED, 1190 St. Francis Dr., Suite N4050, P.O. Box 5469, Santa Fe, NM 87502, (505) 827-2855, nd.coordinator@env.nm.gov. También puede visitar nuestro sitio web en https://www.env.nm.gov/non-employee-discrimination-complaint-page/ para saber cómo y dónde
presentar una queja por discriminación.
PUBLISHED IN THE LOS ALAMOS DAILY POST THURSDAY JUNE 18, 2026